top of page

BLOG

Noticias y opinión

Infórmese si es jurado de votación para las próximas elecciones presidenciales

Las elecciones presidenciales se celebrarán el próximo 27 de mayo del presente año, tenga en cuenta que usted puede ser jurado de votación para esta fecha y para el 17 de junio en una eventual segunda vuelta.


Desde el 30 de abril se realizó el sorteo para definir las personas que estarán a cargo de esa labor durante el evento electoral más importante del año.


Para dicho sorteo la Registraduría Nacional se apoyó en bases de datos suministradas por instituciones educativas, universidades, entidades públicas y privadas, sobre los datos de sus funcionarios, para hacer la escogencia.



Para saber si fue escogido como jurado de votación , debe acceder la pagina web www.registraduria.gov.co o acudir a la sede principal de la Alcaldía Mayor de Bogotá, donde estarán publicados los listados, igualmente la Registraduría hará efectiva las respectivas notificaciones, junto con toda la información requerida.


Recuerde que usted tiene derecho a un día de descanso remunerado por compensación a la asistencia como jurado; dicho día tiene que ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la fecha de elecciones.


Estas son algunas de las recomendaciones hechas por el ente, a los electos jurados de votación:

  • Acudir a las jornadas de capacitación para poder brindar oportunamente el servicio el día de los comicios, asimismo acudir a su respectivo puesto el día de elecciones, recuerde que en caso de no hacerlo esta conducta será multada hasta con 10 salarios mínimos legales vigentes. Si el jurado es funcionario público será destituida de su cargo y ser inhabilitado hasta por 10 años para ejercer cargos públicos.

  • Las personas delegadas como jurados suplentes, deberán presentarse igualmente a la capacitación y el día de elecciones a las 7:30 am en el puesto correspondiente, la persona solo se podrá retirar hasta que el delegado del puesto así lo confirme.

  • El funcionario delegado entregará el certificado de asistencia únicamente cuando se haya finalizado los escrutinios y sean entregados los documentos electorales.

Estas son las causas por las que se el jurado puede justificar su inasistencia a la actividad.

  • Ser menor de 18 años.

  • No ser residente del lugar que fue asignado.

  • Estar inscrito para votar en otro municipio.

  • Enfermedad grave del jurado, padres, hijos o cónyuge.

  • Muerte de alguna de las personas anteriormente mencionadas, el día de elecciones o dentro de los tres días anteriores.

Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
No hay etiquetas aún.
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page
{ "@context": "http://schema.org", "@type": "Organization", "url": "https://www.legaliados.com.co/", "logo": "https://control.legaliados.com/control/img/logo_header_intro.png" }